DECRETO15081978197807 script var date = new Date(21/07/1978); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXV. N. 35073. 11, AGOSTO, 1978. PÁG. 2.MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESPor el cual se modifica el artículo 5° del Decreto número 2093 de 1975DEROGADOfalsefalseRelaciones ExterioresfalseDECRETO ORDINARIO11/08/197825/02/198221/07/1978350734902

DIARIO OFICIAL. AÑO CXV. N. 35073. 11, AGOSTO, 1978. PÁG. 2.

DECRETO 1508 DE 1978

(julio 21)

Por el cual se modifica el artículo 5° del Decreto número 2093 de 1975

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades constitucionales, 

  

decreta: 

  


Articulo 1° El artículo 5° del Decreto número 2093 de 1975, quedará así: 

  

"Artículo 5° El Ministro de Relaciones Exteriores queda autorizado para nombrar mediante Resolución los funcionarios que sean necesarios para la buena marcha de la División Consular y podrá señalar las respectivas asignaciones, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. 

  

Parágrafo. Las asignaciones de los funcionarios que designe el Ministro para este servicio se cubrirán con los fondos de esta cuenta especial". 

  


Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá, D. E., a 21 de julio de 1978. 

  

ALFONSO LOPEZ MICHELSEN 

  

El Ministro de Relaciones Exteriores, 

  

Indalecio Liévano Aguirre.