DECRETO6281925192504 script var date = new Date(22/04/1925); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXI. N. 19891. 6, MAYO, 1925. PÁG. 5.MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICOPor el cual se dicta una disposición en el ramo del Impuesto sobre la Renta, en BogotáDEROGADOfalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseDECRETO ORDINARIO06/05/192529/01/192606/05/1925198911975

DIARIO OFICIAL. AÑO LXI. N. 19891. 6, MAYO, 1925. PÁG. 5.

DECRETO 628 DE 1925

(abril 22)

Por el cual se dicta una disposición en el ramo del Impuesto sobre la Renta, en Bogotá

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de-Colombia, 

  

en ejercicio de sus facultades legales, y 

  

considerando: 

  

1° Que es insuficiente el plazo fijado por el Decreto ejecutivo número 59 de 1924, para que la Junta Municipal del Impuesto en Bogotá termine las calificaciones correspondientes: 

  

2° Que la misma Junta ha solicitado prórroga de un mes para terminar dichas calificaciones, 

  

decreta: 

  


Artículo 1° La Junta Municipal del Impuesto sobre la Renta en Bogotá, dispondrá hasta de un mes más para terminar las calificaciones de los contribuyentes. 

  


Artículo 2° Las listas o registros de los contribuyentes se fijarán el 1° de junio, y durante todo este mes y el de julio, se atenderán las reclamaciones de los interesados, que deben formarse por escrito. 

  


Artículo 3° Expirado el término para el cual fue nombrado como miembro principal de la Junta Municipal de Bogotá el doctor José Manuel Cuéllar, quedará como suplente el señor Roberto Pedraza R. 

  


Artículo 4° Cuando la misma Junta tuviere sesiones nocturnas, el empleado que haga las veces de Secretario, tendrá un sobresueldo de $ 3 por cada sesión. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 22 de abril de 1925. 

  

PEDRO NEL OSPINA 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Jesús M. MARULANDA.