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DECRETO2451937193701 script var date = new Date(30/01/1937); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXIII. N. 23471. 5, MAYO, 1937. PÁG. 3.MINISTERIO DE EDUCACION NACIONALPor el cual se distribuye la partida votada en el presupuesto de la actual vigencia para sueldos del personal de la Biblioteca NacionalDerogadofalsefalseEducación NacionalfalseDECRETO ORDINARIO05/05/193706/10/193705/05/1937234712513

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIII. N. 23471. 5, MAYO, 1937. PÁG. 3.

ÍNDICE [Mostrar]

DECRETO 245 DE 1937

(enero 30)

Por el cual se distribuye la partida votada en el presupuesto de la actual vigencia para sueldos del personal de la Biblioteca Nacional

ESTADO DE VIGENCIA: Derogado. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, 

  

en uso de sus facultades legales, y 

  

considerando 

  

Que en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso fue votada, para sueldos del personal de la Biblioteca Nacional, una suma mayor que la apropiada en los años anteriores; 

  

Que ese aumento, hecho a solicitud del Gobierno y en vista de que el desarrollo de la Biblioteca impone el aumento de servicios, constituye una facultad implícita al Ejecutivo para determinar los empleos necesarios al buen funcionamiento de la Biblioteca y señalarles sus asignaciones, dentro de la partida votada al efecto, 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. A partir del primero de ener- del año en curso, el personal y las asignciones de 1a Biblioteca Nacional serán los especificados en la siguiente distribución de la partida votada en el artículo 214, capítulo 46 dé la Ley de Apropiaciones vigente: 

Sueldos del personal de la Biblioteca Nacional.
Dirección.
Mensual.En el año.
Del Director, a $ 300$300.003,600.00
Del Secretario, en seis meses, a150.00900.00
Del Secretario y Director del Archivo Nacional, en seis meses, a180.001,080.00
Del Secretario del director, a80.00960.00
De la Ayudante Mecanógrafa, a60.00720
Servicio de lectura.
Del Subdirector, a200.002,400.00
Del Jefe de Salas, a80.00960.00
De dos Ayudantes de Indices, a $ 60 cada uno120.001,440.00
De veintiún Ayudantes de Salas Generales, a $ 50 cada uno1,050.0012,600.00
De dos Ayudantes de Ropería, a $15 cada uno30.00360.00
Catalogación.
De seis Catalogadores principales, a $ 130 cada uno780.009,360.00
De seis Ayudantes de Catalogación, a $ 70 cada uno420.005,040.00
Archivo Histórico.
Del Catalogador del Archivo Histórico, a130.001,560.00
Departamento de Canjes.
Del Jefe de Canjes, a120.001,440.00
De dos Oficiales primeros, a $ 80 cada uno160.001,920.00
Del Oficial de Estadística, a60.00720.00
De un Oficial segundo, a60.00720.00
De tres Empacadores, a $ 40 cada uno120.001,440.00
De dos Carteros, a $ 25 cada uno50.00600.00
Encuademación.
Del Encuadernador, a70.00840.00
Del Marcador, a50.00600.00
De dos Ayudantes de Encuademación, a $ 50 cada uno100.001,200.00
De un Cosedor, a 40.00480.00
Servicios generales.
Mensual.En el año.
De cuatro Ascensoristas, á $ 50 cada uño 200.00 2,400.00
De cuatro Aseadores, a $ 20 cada uno 80.00 960.00
De cuatro Parteros, a $ 30 cada uno 120.00 1,440.00
Cinematografía Educativa.
Del Jefe, a1702,040.00
De tres Operadores Ambulantes, a $ 150 cada uno450.005,400.00
De un Operador local, a80.00960.00
Total$64,140.00

Dado en Bogotá á 30 de enero de 1937. 

  

Comuníquese y publíquese. 

  

Dado en Bogotá a 31 de enero de 1937. 

  

ALFONSO LOPEZ 

  

El Ministro de Educación Nacional, 

  

Alberto LLERAS CAMARGO