DIARIO OFICIAL. AÑO LXXV. N. 23970. 13, ENERO, 1939. PÁG. 2.
DECRETO 27 DE 1939
(enero 10)
Del señor presidente de la república a los gobernadores, sobre los sucesos de gacheta y sus posibles repercusiones
ESTADO DE VIGENCIA: Derogado. [Mostrar] |
Subtipo: DECRETO ORDINARIO
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de la facultad que le confiere el artículo 1º de la Ley 98 de 1937,
DECRETA:
Artículo 1º A partir de la fecha en adelante, y por el término de seis meses, auméntase la XII División de la Policía Nacional acantonada en Bogotá con el siguiente personal:
Un Teniente.
Dos Sargentos.
Seis Cabos.
Cincuenta Agentes.
Parágrafo. Este personal devengará los sueldos correspondientes a su clase, según la Ley citada.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
Artículo 2º Los gastos que ocasione el presente Decreto se imputarán a las apropiaciones que para personal y material se señalan en el Presupuesto de la presente vigencia para la Policía Nacional.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de enero de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Carlos LOZANO Y LOZANO