DECRETO 2335 DE 1996
DECRETO23351996199612 script var date = new Date(24/12/1996); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXXII. N. 42949. 30, DICIEMBRE, 1996. PÁG. 16.MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIALpor el cual se establece el auxilio de transporte.DEROGADOfalsefalseTrabajofalsefalseDECRETO ORDINARIO30/12/199601/01/1997429491616

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXII. N. 42949. 30, DICIEMBRE, 1996. PÁG. 16.

DECRETO 2335 DE 1996

(diciembre 24)

por el cual se establece el auxilio de transporte.

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: DECRETO ORDINARIO

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 15 de 1959 y la Ley 4ª de 1992, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. Fijar a partir del primero (1) de enero de mil novecientos noventa y siete (1997), el auxilio de transporte a cargo de los empleadores, a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devenguen un salario mensual básico hasta de dos (2) veces el salario mínimo legal vigente, en la suma de diecisiete mil doscientos cincuenta pesos ($17.250) moneda corriente, mensuales; el cual se pagará en todos los lugares del país en donde se preste el servicio público de transporte urbano. 

  


Artículo 2°. El presente Decreto empieza a regir a partir del primero (1) de enero de mil novecientos noventa y siete (1997) y deroga los Decretos 2310 de 1995 y 1758 de 1996. 


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 24 de diciembre de 1996. 

  

ERNESTO SAMPER PIZANO 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

José Antonio Ocampo Gaviria. 

  

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, 

  

Orlando Obregón Sabogal. 

  

El Ministro de Transporte, 

  

Carlos Hernán López Gutiérrez.