LEY771919191911 script var date = new Date(19/11/1919); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LV. N. 16962. 24, NOVIEMBRE, 1919. PÁG. 2.CONGRESO DE LA REPÚBLICApor la cual se conceden sendos auxilios a dos establecimientos de instrucción pública secundariaVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseGasto publicofalseLEY ORDINARIAfalse24/11/191924/11/1919169622502

DIARIO OFICIAL. AÑO LV. N. 16962. 24, NOVIEMBRE, 1919. PÁG. 2.

LEY 77 DE 1919

(noviembre 19)

por la cual se conceden sendos auxilios a dos establecimientos de instrucción pública secundaria

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA

  


Artículo 1º Concédese por una sola vez al Colegio público de varones de Cartago un auxilio de dos mil pesos ($ 2,000) para terminar la construcción del local en que funciona. 

  


Artículo 2º Igualmente concédese un auxilio bajo forma de subvención anual de novecientos sesenta pesos ($ 960) al Colegio público de señoritas de Cartago, fundado y sostenido por el Municipio y conocido con el nombre de Colegio de María Auxiliadora. 

  

Parágrafo. Este auxilio se pagará por semestres vencidos. 

  


Artículo 3º Las sumas necesarias para atender a estos gastos se incluirán en el Presupuesto de la vigencia próxima; y el que aplica la subvención anual a que se refiere el artículo 2º figurará en las vigencias sucesivas. 

  

Dada en Bogotá a diez y siete de noviembre de mil novecientos diez y nueve. 

  

El Presidente del Senado, ALEJANDRO GARCIA -El Presidente de la Cámara de Representantes, FELIXSALAZAR J.-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño. 

  

Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 19 de 1919. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Instrucción Pública, MIGUELABADIA MENDEZ.