DIARIO OFICIAL. AÑO LV. N. 16879. 10, SEPTIEMBRE, 1919. PÁG. 2.
ÍNDICE [Mostrar] |
LEY 16 DE 1919
(septiembre 09)
por la cual se auxilian dos establecimientos de Instrucción Pública
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio. |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
Artículo 1º Auxíliase con la suma de cuatrocientos pesos ($ 400) mensuales la construcción del edificio en que funcionará el Colegio de San Francisco Javier, en la ciudad de Pasto, destinado a la instrucción primaria y secundaria, y especialmente a la preparación del Bachillerato Oficial.
Artículo 2º La Nación contribuirá con la cantidad de doscientos pesos ($ 200) mensuales, por un término no mayor de tres años, para la construcción de un edificio destinado al Colegio Central se señoritas que funciona en Medellín siempre que este Municipio y el Departamento de Antioquia apropien en sus respectivos presupuestos sumas iguales con tal objeto. El edificio quedará de propiedad del Municipio de Medellín.
Estas sumas se incluirán en los Presupuestos Nacionales de cada año.
Esta Ley regirá desde su promulgación.
Dada en Bogotá a cinco de septiembre de mil novecientos diez y nueve.
El Presidente del Senado, Luis CUERVO MARQUEZ-El Presidente de la Cámara de Representantes, Teófilo NORIEGA-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de las Cámaras de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, septiembre 9 de 1919.
Publíquese y ejecútese.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Instrucción Pública, Miguel ABADIA MENDEZ.