LEY186502061865186502 script var date = new Date(06/02/1865); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO II. N. 247. 11, FEBRERO, 1865. PÁG. 4.CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIAAutorizando al poder ejecutivo de la Unión para que conceda ciertas esenciones a una empresa telegráficaVigencia en EstudiofalsefalseTecnologías de la Información y de las ComunicacionesfalseTecnologías de la información y las comunicacionesfalseLEY ORDINARIAfalse11/02/186511/02/18652479484

DIARIO OFICIAL. AÑO II. N. 247. 11, FEBRERO, 1865. PÁG. 4.

LEY 18650206 DE 1865

(febrero 06)

Autorizando al poder ejecutivo de la Unión para que conceda ciertas esenciones a una empresa telegráfica

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

decreta: 

  


Artículo único. Autorízase al poder ejecutivo de la Union para que, en caso de que celebre algún contrato que tenga por objeto el establecimiento de una una o mas líneas telegráficas en el estado, pueda ofrecer a nombre de este, que la empresa gozará hasta por treinta años, contados desde el dia en que empiecen los trabajos, de la esencion de todo derecho, impuesto o contribucion municipal o del estado. 

  

Dada en Bogotá, a 4 de febrero de 1865. 

  

El presidente, Ruperto Anzola. 

  

El secretario, Antonio P. Calvo. 

  

Bogotá, 6 de febrero de 1865. 

  

Publíquese i ejecútese. 

  

El presidente del estado, 

  

Rafael Mendoza. 

  

El secretario de gobierno, encargado del despacho de hacienda, 

  

Salvador Rámos.