Lectura de documento:

Curso SUIN-Juriscol


Inscripciones abiertas

Curso características de los procesos de constitucionalidad y nulidad

Inscripciones abiertas

Curso Calidad Normativa


Inscripciones abiertas
LEY16272013201305 script var date = new Date(09/05/2013); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXLIX. N. 48785. 9, MAYO, 2013. PAG.1.CONGRESO DE LA REPUBLICApor la cual la Nación al cumplirse los 470 años de fundación se asocia a la conmemoración y rinde homenaje al municipio de Ramiriquí (Boyacá), en reconocimiento al señor José Ignacio de Márquez, primer Presidente Civil de la República de Colombia.Vigencia en EstudiofalsefalsefalsefalseLEY ORDINARIAfalse09/05/201309/05/20134878511

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLIX. N. 48785. 9, MAYO, 2013. PAG.1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 1627 DE 2013

(mayo 09)

por la cual la Nación al cumplirse los 470 años de fundación se asocia a la conmemoración y rinde homenaje al municipio de Ramiriquí (Boyacá), en reconocimiento al señor José Ignacio de Márquez, primer Presidente Civil de la República de Colombia.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 

  

Artículo 1°. Por la cual la Nación al cumplirse los 470 años de fundación se asocia a la conmemoración y rinde homenaje al municipio de Ramiriquí (Boyacá), en reconocimiento al señor José Ignacio de Márquez, primer Presidente Civil de la República de Colombia. 

  

Artículo 2°. Autorícese al Gobierno Nacional para que incluya dentro de los siguientes Presupuestos Generales de la Nación las partidas que se requieran para la ejecución de las siguientes obras de utilidad pública y de interés social en el municipio de Ramiriquí en el departamento de Boyacá: 

  

- Reparación, mantenimiento y conservación de la casa cultural del municipio de Ramiriquí. 

  

- Construcción de la nueva sede de la ESE Hospital San Vicente del municipio de Ramiriquí. 

  

Artículo 3°. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación. 

  

El Presidente del honorable Senado de la República, 

Roy Barreras Montealegre. 

El Secretario General del honorable Senado de la República, 

Gregorio Eljach Pacheco. 

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, 

Augusto Posada Sánchez. 

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, 

Jorge Humberto Mantilla Serrano. 

  

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL 

  

Publíquese y cúmplase. 

  

Dada en Bogotá, D. C., a 9 de mayo de 2013. 

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN 

El Ministro del Interior, 

Fernando Carrillo Flórez. 

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

Mauricio Cárdenas Santamaría. 

El Ministro de Salud y Protección Social, 

Alejandro Gaviria Uribe. 

La Ministra de Cultura 

Mariana Garcés Córdoba.