DIARIO OFICIAL. AÑO CXXXIII. N. 43091. 24, JULIO, 1997. PAG. 21
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LEY 390 DE 1997
(julio 21)
por medio de la cual se honra la memoria del ilustre filósofo y catedrático, doctor Rafael Carrillo Lúquez.
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º. La República de Colombia honra la memoria del ilustre catedrático, ' filósofo, escritor y forjador de juventudes, doctor Rafael Carrillo Lúquez y le rinde tributo de admiración.
Artículo 2º. Créase la medalla al mérito estudiantil Rafael Carrillo Lúquez, la cual será impuesta en ceremonia especial al mejor bachiller del departamento del Cesar en la ciudad de Valledupar por el señor Gobernador del departamento, a partir del año 1997 y en los años sucesivos.
Artículo 3º. Desígnase con el nombre de Rafael Carrillo Lúquez el aula máxima de la Universidad Popular del Cesar y colóquese una placa recordatoria de lo anterior en ésta o cualquiera otra sede de dicha universidad.
Artículo 4º. Transcríbase y hágasele entrega de la presente ley en nota de estilo a los familiares, a la Gobernación del departamento y a la Universidad Popular del Cesar en ceremonia especial en la ciudad de Valledupar una vez sancionada, acto en el cual se honrará la memoria del desaparecido.
Artículo 5º. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción.
El Presidente del Senado,
Luis Fernando Londoño Capurro.
El Secretario General del Senado,
Pedro Pumarejo Vega.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
Giovanni Lamboglia Mazilli.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Diego Vivas Tafur.
REPUBLICA DE COLOMBIA-GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y ejecútese.
Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 21 de julio de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.
El Ministro de Educación Nacional,
Jaime Niño Díez.