DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIV. N. 23938. 1, DICIEMBRE, 1938. PÁG. 17.
RESUMEN DE JURISPRUDENCIA [Mostrar] |
LEY 197 DE 1938
(noviembre 30)
Por la cual se reforman las Leyes 178 y 162 de 1936
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1° Las obras determinadas en el artículo 2°. de la Ley 178 de 1936 se llevarán a cabo en el sitio que designe el Ministerio de Obras Públicas en la forma indicada en el artículo 6° de la Ley que se reforma.
Del mismo modo el busto decretado en el artículo 2°. de la Ley 162 de 1936, será erigido en el sitio que escoja el Consejo de Campoalegre.
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
ARTICULO 2° El artículo 3° de la Ley 53 de 1938 quedará así: La mujer que sea despedida sin causa que justifique ampliamente dentro del período del embarazo y los tres meses posteriores al parto, comprobada esta circunstancia mediante certificado de facultativo, sin perjuicio de las indemnizaciones a que pudiera dar lugar, conforme a los contratos de trabajo o a las disposiciones legales que rigen la materia, tiene derecho a los salarios correspondientes a noventa días.
JURISPRUDENCIA [Mostrar]
Afecta la vigencia de: [Mostrar]
ARTICULO 3° Desde la sanción de la presente ley, los Magistrados de los Tribunales Contencioso Administrativos, gozarán de las mismas pensiones de jubilación que a los Magistrados de los Tribunales Superiores concede el artículo de la Ley 115 de 1937.
ARTICULO 4° Esta ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, a diez y seis de noviembre de mil novecientos treinta y ocho.
El Presidente del Senado, M. ANTONIO BRAVO-El Presidente de la Cámara de Representantes, JORGE CEDEÑO-El Secretario del Senado, Rafael Campo A. -El Secretario de la Cámara de Representantes, Alberto Guzmán.
Organo Ejecutivo-Bogotá, noviembre 30 de 1938.
Publíquese y ejecútese.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Carlos LOZANO Y LOZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,
Alberto JARAMILLO S
El Ministro de Obras Públicas,
Abel CRUZ SANTOS