DIARIO OFICIAL. AÑO LXXII. N. 23368. 26, DICIEMBRE, 1936. PÁG. 3.
LEY 185 DE 1936
(noviembre 30)
por la cual se decreta la erección de un monumento al Mariscal de Ayacucho
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1° El Gobierno Nacional procederá a erigir un monumento en el sitio donde fue asesinado el insigne Mariscal de Ayacucho, como homenaje del pueblo colombiano al paladín de la libertad americana, Antonio José de Sucre.
ARTICULO 2° El Ministerio de Obras Publicas ordenará la construcción de una variante de la carretera La Unión-Pasto, que pase por el lugar en que se levante el monumento decretado por esta Ley.
ARTICULO 3° Para el cumplimiento de la presente Ley, destínase la suma de veinte mil pesos ($ 20.000), que se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia.
Dada en Bogotá, a catorce de noviembre de mil novecientos treinta y seis.
El Presidente del Senado, A. URIBE RESTREPO-El Presidente de la Cámara de Representantes, LUIS BUSTAMANTE-El Secretario del Senado, Rafael Campo A. El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo.
Poder Ejecutivo - Bogotá, noviembre 30 de 1936.
Publíquese y ejecútese,
ALFONSO LOPEZ
El Ministro Hacienda y Crédito Público,
Gonzalo RESTREPO
El Ministro de Obras Públicas,
César GARCIA ALVAREZ