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LEY1831938193811 script var date = new Date(26/11/1938); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXIV. N. 23938. 1, DICIEMBRE, 1938. PÁG. 08.CONGRESO DE LA REPÚBLICApor la cual se auxilia al IV Congreso Nacional de EmpleadosVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseGasto publicofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse01/12/193826/10/1938239385848

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIV. N. 23938. 1, DICIEMBRE, 1938. PÁG. 08.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 183 DE 1938

(noviembre 26)

por la cual se auxilia al IV Congreso Nacional de Empleados

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


ARTICULO 1° Auxíliase con la suma de diez mil pesos ($ 10.000-00) la reunión del IV Congreso Nacional de Empleados que se celebrará en Medellín en el presente año. 

  

PARAGRAFO. Este auxilio será entregado al Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social, el cual queda facultado ampliamente para reglamentar la reunión del Congreso y para hacer la inversión de los fondos, sometiendo la tramitación de las cuentas a las normas generales de la Contraloría Nacional. 

  


ARTICULO 2° Autorízase al Ejecutivo para hacer los traslados correspondientes en el presupuesto, a fin de darle cumplimiento al auxilio de que trata la presente ley. 

  


ARTICULO 3° Los delegados al IV Congreso Nacional de Empleados tendrán pasaje libre en los ferrocarriles nacionales. 

  


ARTICULO 4° Esta ley regirá desde su sanción. 

  

Dada en Bogotá a quince de noviembre de mil novecientos treinta y ocho. 

  

El Presidente del Senado, JOSE JOAQUIN CAICEDO CASTILLA-El Presidente de la Cámara de Representantes, ARTURO REGUEROS PERALTA-El Secretario del Senado, A. Orduz Espinosa-El Secretario de la Cámara de Representantes, Alberto Guzmán. 

  

Organo Ejecutivo-Bogotá, noviembre 26 de 1938. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, 

  

Alberto JARAMILLO S. 

  

El Ministro de Obras Públicas, 

  

Abel CRUZ SANTOS