LEY1781936193611 script var date = new Date(30/11/1936); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXII. N. 23368. 26, DICIEMBRE, 1936. PÁG. 1.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se asocia la Nación a la celebración de un centenarioVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseLeyes de homenaje, Honores, conmemorativas y monumentosfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse26/12/193630/11/1936233687851

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXII. N. 23368. 26, DICIEMBRE, 1936. PÁG. 1.

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

LEY 178 DE 1936

(noviembre 30)

Por la cual se asocia la Nación a la celebración de un centenario

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1°. La Nación se asocia a la celebración del centenario de la creación del Municipio de Agrado, cuna del doctor José María Rojas Garrido. 

  


Artículo 2°. En el sitio que ocupa la casa donde nació Rojas Garrido, en la población de Agrado, se erigirá un busto al ilustre repúblico, y se hará el arreglo de la plazuela y calles adyacentes a ella. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]


Artículo 3°. El Ministerio de Educación ordenará la edición de todas las obras del eminente publicista precedidas de un completo estudio critico biográfico para que ella se reparta profusamente en las escuelas y colegios de la República. 

  


Artículo 4°. Destínase la cantidad de treinta mil pesos ($ 30,000) a los fines indicados en los artículos anteriores, la que se incluirá en el presupuesto de la próxima vigencia. 

  


Artículo 5°. Si en el presupuesto de 1937 no se incluye la partida expresada, el Gobierno abrirá el Crédito correspondiente al comenzar a regir dicho presupuesto. 

  


Artículo 6°. Las obras que hayan de realizarse de acuerdo con el Artículo 2° de esta Ley, serán dirigidas por el Ministerio de Obras Públicas, el que podrá delegar dicha función al Gobierno del Departamento del Huila. 

  


Artículo 7°. Esta Ley regirá desde su sanción. 

  

Dada en Bogotá a once de noviembre de mil novecientos treinta y seis. 

  

El Presidente del Senado, ALIRIO GOMEZ PICON - El Presidente de la Cámara de Representantes, DOMINGO IRURITA - El Secretario del Senado, Rafael Campo A. El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo. 

  

Poder Ejecutivo - Bogotá noviembre 30 de 1936. 

  

Publíquese y ejecútese, 

  

ALFONSO LOPEZ 

  

El Ministro de Educación Nacional, encargado del Despacho de Gobierno, Darío ECHANDIA- El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Gonzalo RESTREPO- El Ministro de Obras Públicas, César GARCIA ALVAREZ.