LEY1771938193811 script var date = new Date(26/11/1938); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXIV. N. 23938. 1, DICIEMBRE, 1938. PÁG. 06.CONGRESO DE LA REPÚBLICApor la cual se provee a la terminación de dos edificios y se decretan unos auxiliosVigencia en EstudiofalsefalseVivienda, Ciudad y TerritoriofalseDesarrollo territorial|Gasto publicofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse01/12/193826/10/1938239385826

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIV. N. 23938. 1, DICIEMBRE, 1938. PÁG. 06.

LEY 177 DE 1938

(noviembre 26)

por la cual se provee a la terminación de dos edificios y se decretan unos auxilios

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 

  


ARTICULO 1° La Nación procederá a la mayor brevedad a la reconstrucción del edificio municipal en que funciona la Oficina de Correos y Telégrafos de Sandoná (Nariño), para lo cual se destina la suma de quince mil pesos ($ 15,000.00). 

  


ARTICULO 2° La partida votada en el artículo anterior se incluirá en los Presupuestos de las próximas vigencias, y en caso de que no se incluyere, el Gobierno queda autorizado para hacer los traslados o abrir los créditos correspondientes. 

  


ARTICULO 3° La Nación contribuirá con la suma de cuarenta mil pesos ($ 40,000.00) para la construcción de la Casa Municipal proyectada en el puerto terrestre de Ipiales, una vez que hayan sido aprobados los planos y presupuestos por el Ministerio de Obras Públicas. Si la partida no fuere incluída en los presupuestos próximos, el Gobierno queda facultado para abrir los créditos correspondientes. 

  


ARTICULO 4° Auxíliase con la cantidad de cinco mil pesos ($ 5,000.00) la terminación del Colegio de señoritas de la ciudad de Silvia en el Departamento del Cauca. Esta cantidad será entregada al Tesorero Municipal de Silvia, quien rendirá cuenta de su inversión a la Contraloría General de la República de acuerdo con las disposiciones legales. 

  


ARTICULO 5° Esta ley regirá desde su sanción. 

  

Dada en Bogotá a veinte de octubre de mil novecientos treinta y ocho. 

  

El Presidente del Senado, M. ANTONIO BRAVO-El Presidente de la Cámara de Representantes, ALFONSO ROMERO AGUIRRE-El Secretario del Senado, Rafael Campo A. -El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez. 

  

Organo Ejecutivo-Bogotá, noviembre 26 de 1938. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Carlos LLERAS RESTREPO 

  

El Ministro de Educación Nacional, 

  

Alfonso ARAUJO