DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIV. N. 23938. 1, DICIEMBRE, 1938. PÁG. 05.
LEY 173 DE 1938
(noviembre 26)
por la cual se fomenta el Municipio de Florencia (Caquetá)
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
ARTICULO 1° La Nación tomará a su cargo la obra del alcantarillado del puerto terrestre de Florencia, incluyendo en el Presupuesto de la próxima vigencia y en los venideros, sumas no menores de cuarenta mil pesos ($ 40,000.00) para tal fin.
ARTICULO 3°. Esta ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá a diez de noviembre de mil novecientos treinta y ocho.
El Presidente del Senado, M. ANTONIO BRAVO-El Presidente de la Cámara de Representantes, JORGE CEDEÑO-El Secretario del Senado, Rafael Campo A. -El Secretario de la Cámara de Representantes, Alberto Guzmán.
Organo Ejecutivo-Bogotá, noviembre 26 de 1938.
Publíquese y ejecútese.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Carlos LOZANO Y LOZANO
El Ministro de Obras Públicas,
Abel CRUZ SANTOS