DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXIV. N. 26904. 28, DICIEMBRE, 1948. PÁG. 24.
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LEY 171 DE 1948
(diciembre 27)
Por la cual se honra la memoria del Maestro Jesús María Zamora
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 2° En el Museo Nacional, en la Sección que se llamara "Galería de los Pintores Colombianos", se colocara un retrato al óleo del Maestro Zamora, y algunos de sus cuadros, especialmente los de motivos históricos.
ARTICULO 3° En la Galería de los Pintores Colombianos se colocaran los mejores cuadros de los artistas nacionales que adquiera el Gobierno, previo concepto favorable de la Junta pro-Cultura Nacional, que estará compuesta por cinco ciudadanos, nombrados así:
Dos por el Gobierno, uno por la Academia de Historia, dos por las revistas y periódicos de la capital de la República.
El Ministerio de Educación convocara la Junta pro-Cultura Nacional cuando tenga que conceptuar sobre la compra de un cuadro por merecer la inclusión en la Galería. Los miembros de la Junta ganaran treinta pesos ($ 30) por sesión.
ARTICULO 4° Para el retrato del Maestro Zamora y para adquirir algunos de sus cuadros se destina la suma de treinta mil pesos ($ 30.000), que se incluirán en el Presupuesto de la próxima vigencia.
ARTICULO 5° Para atender los demás gastos necesarios para el cumplimiento de esta Ley, se apropiara anualmente en el Presupuesto Nacional la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000).
Dada en Bogotá a diez y seis de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho.
El Presidente del Senado, ANTONIO J. LEMOS GUZMAN-El Presidente de la Cámara de Representantes, JORGE URIBE MARQUEZ-El Secretario del Senado, Jorge Núñez R.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Ignacio Amarís González.
República de Colombia-Gobierno Nacional-Bogotá, diciembre veintisiete de mil novecientos cuarenta y ocho.
Publíquese y ejecútese.
MARIANO OSPINA PEREZ.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL-El Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO Y LOZANO.