DIARIO OFICIAL. AÑO XXXIII. N. 10234. 13, ENERO, 1897. PÁG. 2.
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LEY 165 DE 1896
(diciembre 31)
por la cual se abren varios créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para el bienio de 1895 y 1896
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
Artículo único Ábrense al presupuesto de Gastos para el bienio de 1895 y 1896 los siguientes créditos adicionales:
PODER LEGISLATIVO
DEPARTAMENTO DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA Y GOBIERNO
CAPÍTULOS 11 Y 13
Para pagar á Clodomiro Solano, Antonio Fajardo y Mariano Aguilar, las órdenes de pagos de números 1. °, 100, 120, y 226, hasta ...........................................$500...
Dada en Bogotá, á 31 de Diciembre de 1896.
El Presidente del Senado, BELISARIO PEÑA.-El Presidente de la Cámara de Representantes, DIONISIO JIMÉNEZ.-El Secretario del Senado, Camilo Sánchez.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda.
Gobierno Ejecutivo.-Bogotá, 31 de Diciembre de 1896.
Publíquese y ejecútese.-(L. S.) M. A. CARO-El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho del Tesoro, ANTONIO ROLDÁN.