LEY1571961196112 script var date = new Date(27/12/1961); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO MCMLXI N. 30696, 16, enero 1962, PAG. 4CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se autoriza al Gobierno para ejecutar las obras de relleno y drenaje en la ciudad de Lorica, Departamento de CórdobaVigencia en EstudiofalsefalseSalud y Protección SocialfalseAsuntos sanitarios|Desarrollo territorialfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objeto.16/01/196227/12/196130696124

DIARIO OFICIAL. AÑO MCMLXI N. 30696, 16, enero 1962, PAG. 4

LEY 157 DE 1961

(diciembre 27)

Por la cual se autoriza al Gobierno para ejecutar las obras de relleno y drenaje en la ciudad de Lorica, Departamento de Córdoba

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1º Previos los estudios correspondientes, el Gobierno Nacional, por conducto del Ministerio de Obras Públicas, procederá a ejecutar, las obras de relleno y drenaje en la ciudad de Lorica, Departamento de Córdoba, obras que se declaran de urgencia y de utilidad pública. 

  


Artículo 2° El Gobierno queda autorizado para adquirir, urbanizar y vender posteriormente, a precio de costo, los terrenos aledaños a los rellenados, que sean.urbanizables, y para fijar la valorización que se derive de estas obras, y reglamentar el cobro de la respectiva valorización, si la hubiere de propiedades privadas. 

  


Artículo 3° Para atender a los gastos que demande la realización de dichas obras, se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia la partida indispensable. 

  

En caso de que así no se hiciere, el Gobierno queda facultado para hacer las apropiaciones presupuéstales o traslados necesarios al cumplimiento de esta Ley. 

  


Artículo 4º Esta Ley regirá desde su sanción. 

  

Dada en Bogotá, D. E., a quince de diciembre de mil novecientos sesenta y uno. 

  

El Presidente del Senado, 

  

ARMANDO L. FUENTES. 

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

AGUSTIN ALJURE. 

  

El Secretario del. Senado, 

  

Manuel Roca Castellanos. 

  

El.Secretario de la Cámara de Representantes, 

  

Alberto Paz Córdoba

  

República de Colombia. - Gobierno Nacional. 

  

Bogotá, D. E., 27 de diciembre de 1961. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

ALBERTO LLERAS. 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado, 

  

Aurelio Camacho Rueda. 

  

El Ministro de Obras Públicas, 

  

Carlos Obanclo Velasco