LEY1411961196112 script var date = new Date(16/12/1961); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XCVIII. N. 30694. 23, DICIEMBRE, 1961. PAG. 840CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se adopta una legislación de emergencia y se dictan otras disposiciones,VigentefalsefalsefalseDocumentos sin clasificación especialLEY ORDINARIA23/12/196116/12/1961306948408

DIARIO OFICIAL. AÑO XCVIII. N. 30694. 23, DICIEMBRE, 1961. PAG. 840

RESUMEN DE JURISPRUDENCIA [Mostrar]

LEY 141 DE 1961

(diciembre 16)

Por la cual se adopta una legislación de emergencia y se dictan otras disposiciones,

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

DECRETA: 

  


Artículo 1. Es inexequible el artículo 1° de la Ley 141 de 1961 en cuanto adopta como ley el artículo 1° del Decreto legislativo número 2453 de 1954 (agosto 20), 


JURISPRUDENCIA [Mostrar]


LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo 2º. Esta Ley regirá desde su sanción, 

  

Dada en Bogotá, D. E., a quince de diciembre de mil novecientos sesenta y uno. 

  

El Presidente del Senado, 

  

Armando L. Fuentes. 

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

Agustín Aljure 

  

El Secretario del Senado, 

  

Manuel Roca Castellanos. 

  

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

  

Alberto Paz Córdoba. 

  

República de Colombia Gobierno Nacional 

  

Bogotá, D. E., 16 de diciembre de 1961. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

ALBERTO LLERAS. 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

Fernando Londoño y Londoño.