LEY1361888188811 script var date = new Date(26/11/1888); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XXIV. N. 7612. 30, NOVIEMBRE, 1888. PÁG. 1.CONGRESO DE COLOMBIApor la cual se concede una autorización al Gobierno (para celebrar un contrato con el Concesionario del Ferrocarril de Antioquia)DEROGADOfalsefalsePlaneaciónfalseContratación estatal|Transporte|ValoresfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse30/11/188803/03/202130/11/1888761213931

DIARIO OFICIAL. AÑO XXIV. N. 7612. 30, NOVIEMBRE, 1888. PÁG. 1.

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

LEY 136 DE 1888

(noviembre 26)

por la cual se concede una autorización al Gobierno (para celebrar un contrato con el Concesionario del Ferrocarril de Antioquia)

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA

  


Art. 1º. Derogado 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Art. 2º. Derogado 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]


Dada en Bogotá, á quince de Noviembre de mil ochocientos ochenta y ocho. 

  

El Presidente del Senado, J. A. PARDO -El Presidente de la Cámara de Representantes, Manuel J. Ortiz D. -El Secretario del Senado, Diego Rafael de Guzmán-El Secretario de la Cámara de Representantes, Salvador Franco. 

  

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 26 de 1888. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

(L.S.) CARLOS HOLGUÍN. 

  

El Ministro del Tesoro, encargado del Despacho de Fomento, 

  

CARLOS MARTÍNEZ SILVA