LEY1331960196012 script var date = new Date(30/12/1960); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XCVII. N. 30430. 31, ENERO, 1961. PÁG. 1.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se crea una Granja de Fomento Agropecuario en Patía, Departamento del CaucaVigentefalsefalseAgricultura y Desarrollo RuralfalseAgricultura|Desarrollo territorial|Gasto publicoLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objeto.31/01/196130/12/1960304301291

DIARIO OFICIAL. AÑO XCVII. N. 30430. 31, ENERO, 1961. PÁG. 1.

LEY 133 DE 1960

(diciembre 30)

Por la cual se crea una Granja de Fomento Agropecuario en Patía, Departamento del Cauca

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


Artículo 1° Créase la Granja de Fomento Agropecuario de Patía, en el Departamento del Cauca. 

  


Artículo 2° Créase una Escuela Vocacional Agrícola y cursos de capacitación para campesinos, anexa a la Granja de "Patía". 

  

Parágrafo. Los cursos de capacitación para campesinos comprenderán enseñanza práctica en cuanto al manejo de maquinaria agrícola, lo mismo que en ganadería y agricultura, a fin de formar personal apto para la explotación racional y económica de la tierra y la ganadería. 

  


Artículo 3° Facúltase al Gobierno Nacional para adquirir los terrenos que estime convenientes en la zona de Patía, como también para dictar y ordenar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la presente Ley. 

  


Artículo 4° El Ministerio de Agricultura incluirá la Granja de Fomento Agropecuario de Patía en los planes y presupuestos de dicho Ministerio en las próximas vigencias fiscales. 

  


Artículo 5° El Gobierno queda facultado para abrir los créditos y hacer los traslados presupuéstales necesarios, tanto en la vigencia de 1961 como en las siguientes, para dar cumplimiento a la presente Ley. 

  


Artículo 6° Esta Ley regirá desde su sanción. 

  

Dada en Bogotá, D. E., a 16 de diciembre de 1960. 

  

El Presidente del Senado, 

  

GERMAN ZEA 

  

EL Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

GERMAN BULA HOYOS 

  

El Secretario del Senado, 

  

José Manuel Hurtado Lozano 

  

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

  

Alvaro Ayala Murcia 

  

República de Colombia - Gobierno Nacional. 

  

Bogotá D. E., diciembre 30 de 1960. 

  

Publíquese y Ejecútese. 

  

ALBERTO LLERAS 

  

EL Ministro de Agricultura, 

  

Otto Morales Benitéz