DIARIO OFICIAL. AÑO LIX. N. 18691. 5, ENERO, 1923. PÁG.1
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LEY 113 DE 1922
(diciembre 29)
por la cual se hacen varias condonaciones
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia,
decreta:
Artículo 1°. Condonase al señor Lorenzo A. Guarnizo el alcance que le dedujo la Corte de Cuentas como responsable por su manejo de Intendente de Telégrafos en el año de 1911.
Artículo 2°. El Juez de Ejecuciones Fiscales tendrá en cuenta la presente Ley, en los procedimientos contra el responsable.
Artículo 3°. Condonase al señor Joaquin Beltran T. la suma de seiscientos cuatro pesos treinta y ocho centavos ($ 604-38) por alcance que se le dedujo como Administrador de Hacienda Nacional de Une, suma que le fue robada en la noche del 23 de agosto del presente año.
Artículo 4°. Condonase igualmente al señor Pedro Goenaga, Administrador de Hacienda Nacional del Circuito de Barranquilla, la suma de siete mil setecientos veinte pesos treinta y siete centavos ($ 7,720-37), que fue sustraída el día 13 de junio de 1916, con fuerza y violencia, de la Oficina a su cargo.
Artículo 5°. Condonase al señor Samuel Ordoñez M. la suma de dos mil ochocientos noventa y siete pesos cinco centavos ($ 2,897-05), valor del alcance líquido que le fue deducido por la Administración General del ramo, como Administrador de Correos de la ciudad de Málaga, en el año de 1920.
Artículo 6°. Condonase a Marco A. Murillo la suma de cien pesos ($ 100) que como multa le impulso al señor Juez 4o. del Circuito del Socorro, por no haber presentado, en determinado tiempo, a su fiado Emiliano Niño.
Dada en Bogotá a veintiséis de diciembre de mil novecientos veintidós.
El Presidente del Senado, Antonio José URIBE.- El Presidente de la Cámara de Representantes, José Jesús GARCIA. - El Secretario del Senado, julio d. Portocarrero. -El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder ejecutivo - Bogotá, diciembre 29 de 1922.
Publíquese y ejecútese.
PEDRO NEL OSPINA. El Ministro del Tesoro, Gabriel POSADA.