LEY1111919191912 script var date = new Date(22/12/1919); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LV. N. 17005. 26, DICIEMBRE, 1919. PÁG. 1.PODER LEGISLATIVOpor la cual se conceden algunas exenciones a las empresas de Packing HousesDEROGADOfalsefalseComercio, Industria y TurismofalseInversión extranjera|Tributario nacionalfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse26/12/191903/03/202126/12/1919170054211

DIARIO OFICIAL. AÑO LV. N. 17005. 26, DICIEMBRE, 1919. PÁG. 1.

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

LEY 111 DE 1919

(diciembre 22)

por la cual se conceden algunas exenciones a las empresas de Packing Houses

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


Artículo 1° Derogado 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo 2° Derogado 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo 3° Derogado 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]


Dada en Bogotá a diez y nueve de diciembre de mil novecientos diez y nueve. 

  

El Presidente del Senado, Florentino MANJARRES-El Presidente de la Cámara de representantes, Luis A. MARIÑO ARIZA-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de representantes, Fernando Restrepo Briceño

  

Poder ejecutivo-Bogotá, diciembre 22 de 1919. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Agricultura y Comercio, Jesús DEL CORRAL