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LEY1081880188008 script var date = new Date(24/08/1880); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XVI. N. 4795. 30, AGOSTO, 1880. PÁG. 1.CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIAQue ordena la liquidación, reconocimiento i pago de un créditoVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseCrédito público y endeudamientofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objeto.false30/08/188030/08/1880479582271

DIARIO OFICIAL. AÑO XVI. N. 4795. 30, AGOSTO, 1880. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 108 DE 1880

(agosto 24)

Que ordena la liquidación, reconocimiento i pago de un crédito

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de los Estados Unidas de Colombia 

  

decreta: 

  


Artículo 1.° El Secretario de Hacienda liquidará, reconocerá i ordenará el pago de la suma que el señor Marcelino Castro compruebe haber gastado en 1860, con autorizacion del Gobiemo de la extinguida Confederacion Granadina, en mejoras de la salínas de Gachetá. 

  

Este reconocimiento i ordenacion del pago se hará aunque el derecho del reclamate haya prescrito conforme al artículo 54 de la lei 4.ª de junio de 1851, orgánica de la Administracion de la Hacienda nacional, i al 59 de la de 4 de julio de 1866, que prorogó el término para la prescripcion. 

  


Articulo 2.° En el Presupuesto de gastos para la vijencia económica próxima se votará la partida correspondiente hasta por quinientos diez pesos ($ 510) para mandar pagar lo que se reconozca a favor del señor Marcelino Castro 

  

Dada en Bogotá, o diez i nueve de agosto de mil ochocientos ochenta, 

  

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, 

  

Pedro A Lara. 

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

Demetrio Rei Rodríguez 

  

El Secretario del Senado de Plenipotenciarios, 

  

Julio E. Pérez 

  

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

  

Cárlos Cótes. 

  

Poder Ejecutivo nacional.-Bogotá, agosto24 de 1880 

  

Publíquese i ejecútese. 

  

El Presidente de la Union, 

  

(L. S). RAFAEL NUÑEZ. 

  

El Secretario del Hacienda, 

  

Antonio Roldan.