LEY1061941194111 script var date = new Date(28/11/1941); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVII. N. 24829. 4, DICIEMBRE, 1941. PÁG. 5.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se auxilia una obra de previsión socialVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalseGasto publico|Infancia y adolescencia|Sujetos de especial protección constitucionalfalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse04/12/194128/11/1941248297975

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXXVII. N. 24829. 4, DICIEMBRE, 1941. PÁG. 5.

LEY 106 DE 1941

(noviembre 28)

Por la cual se auxilia una obra de previsión social

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


ARTICULO 1° Auxiliase con la suma de treinta mil pesos ($ 30.000.00) a la Sociedad de Prevención Infantil, que ha tomado a su cargo el aislamiento, la manutención y la formación de los niños sanos, hijos de los leprosos. 

  

PARAGRAFO. Este auxilio se destinará a la prosecución del edificio que para el Preventorio Infantil ha emprendido la mencionada Sociedad en el sitio de Sibaté, y también para los demás gastos de instalación que dicha institución demande. 

  


ARTICULO 2° Esta suma será incluída en el capítulo correspondiente del Presupuesto de gastos de la presente o de la próxima vigencia, y en todo caso queda facultado el Gobierno para votar los créditos o hacer los traslados que fueren necesarios para la efectividad de esta Ley. 

  


ARTICULO 3° En el Presupuesto de cada vigencia se incluirá la suma de diez y ocho mil pesos ($ 18.000.00) con destino al sostenimiento de la institución, de que trata el artículo 1° de esta Ley. 

  


ARTICULO 4° Esta Ley regirá desde su sanción. 

  

Dada en Bogotá a veinte de noviembre de mil novecientos cuarenta y uno. 

  

El Presidente del Senado, CARLOS TIRADO MACIAS-El Presidente de la Cámara de Representantes, RICARDO JIMENEZ JARAMILLO-El Secretario del Senado, José Umaña Bernal-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez

  

Organo Ejecutivo-Bogotá, 28 de noviembre de 1941. 

  

Publíquese y ejecútese, 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social, 

  

José Joaquín CAICEDO CASTILLA