LEY1051959195912 script var date = new Date(14/12/1959); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XCVI. N. 30128. 21, DICIEMBRE, 1959. PÁG. 8.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se prorroga la vigencia de la ley 2ª de 1958DEROGADOfalsefalsefalseDocumentos sin clasificación especialfalseLEY ORDINARIAfalse21/12/195903/03/202121/12/1959301285928

DIARIO OFICIAL. AÑO XCVI. N. 30128. 21, DICIEMBRE, 1959. PÁG. 8.

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

RESUMEN DE JURISPRUDENCIA [Mostrar]

LEY 105 DE 1959

(diciembre 14)

Por la cual se prorroga la vigencia de la ley 2ª de 1958

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia, 

  

DECRETA: 

  


ARTICULO 1°. Derogado. 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]


Afecta la vigencia de: [Mostrar]


LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



ARTICULO 2°. Derogado. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]


Dada en Bogotá, D, E., a cuatro de diciembre de mil novecientos cincuenta y nueve. 

  

El Presidente del Senado, 

  

JORGE URIBE MARQUEZ. 

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

JESUS RAMIREZ SUAREZ. 

  

El Subsecretario del Senado,Daniel Lorza Roldan. 

  

El Secretario General de la Cámara de Representantes, Luis Alfonso Delgado. 

  

República de Colombia--Gobierno Nacional. 

  

Bogotá, D. E., catorce de diciembre de mil novecientos cincuenta y nueve. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

ALBERTO LLERAS. 

  

El Ministro de Gobierno, Jorge E. Gutiérrez Anzola