LEY971887188706 script var date = new Date(02/06/1887); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XXIII. N. 7066. 6, JUNIO, 1887. PÁG. 1.CONSEJO NACIONAL LEGISLATIVOque concede una recompensa á los padres del Sargento 2° Alejandro A. Espinosa.Vigencia en EstudiofalsefalseDefensa NacionalfalseFuerza publica|Gasto publicofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse06/06/188706/06/188770666251

DIARIO OFICIAL. AÑO XXIII. N. 7066. 6, JUNIO, 1887. PÁG. 1.

LEY 97 DE 1887

(junio 02)

que concede una recompensa á los padres del Sargento 2° Alejandro A. Espinosa.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Consejo Nacional Legislativo, 

  

CONSIDERANDO: 

  

Que el Sargento 2.° Alejandro A. Espinosa quedó muerto en el combate de Vijes en la guerra de 1885, combatiendo en defensa del Gobierno legítimo, y que sus padres han quedado muy pobres y sin apoyo, 

  

DECRETA

  


Artículo único. De acuerdo con el artículo 855 del Código Militar, concédese, por una vez, á los padres del Sargento 2.° Alejandro A. Espinosa una recompensa de trescientos cincuenta pesos ($ 350). 

  

Dada en Bogotá, á treinta y uno de Mayo de mil ochocientos ochenta y siete. 

  

El Presidente, M. A. CARO-El Vicepresidente, José M. Rubio Frade-Los Secretarios, Manuel Brigard-Roberto de Narváez. 

  

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Junio 2 de 1887. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

(L. S.) ELISEO PAYAN. 

  

El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho del Tesoro, 

  

CARLOS MARTÍNEZ SILVA