LEY941944194412 script var date = new Date(31/12/1944); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXX. N. 25745. 19, ENERO, 1945. PÁG. 13.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se apropia un auxilio para el estudio y construcción de una vía o camino de penetración, partiendo del Municipio de Satuario, Departamento de Caldas, hacia el río IngaráVigencia en EstudiofalsefalseVivienda, Ciudad y TerritoriofalseDesarrollo territorial|Gasto publico|TransportefalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse19/01/194519/01/19452574520513

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXX. N. 25745. 19, ENERO, 1945. PÁG. 13.

LEY 94 DE 1944

(diciembre 31)

Por la cual se apropia un auxilio para el estudio y construcción de una vía o camino de penetración, partiendo del Municipio de Satuario, Departamento de Caldas, hacia el río Ingará

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso De Colombia 

  

decreta: 

  


ARTICULO 1°. una vez promulgada la presente ley, el gobierno procederá a incluir forzosamente en el presupuesto de la próxima vigencia fiscal, la suma de treinta mil pesos ($ 30.000.00) moneda corriente, como auxilio a la construcción de una vía de penetración, que partiendo del municipio de Santuario de caldas, llegue hasta el rio Ingara. 

  


ARTICULO 2°. para el cumplimiento de la presente ley el gobierno incluirá necesariamente la cantidad anotada en el artículo anterior. 

  


ARTICULO 3°. en caso de que la honorable cámara no expediré el presupuesto para la próxima vigencia fiscal el gobierno hará los traslados o abrirá los créditos que sean necesarios para el fiel cumplimiento de esta ley. 

  


ARTICULO 4°. votase la suma de veinte mil pesos ($ 20.000.00) para auxiliar las obras publicas, acueductos y alcantarillado del municipio de peque el gobierno puede hacer traslados en el presupuesto y realizar las operaciones financieras que sean necesarias para dar cumplimiento a este artículo. 

  


ARTICULO 5°. esta ley regirá desde su promulgación. 

  

Dada en Bogotá, a catorce de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro. 

  

El Presidente del Senado, GILBERTO MORENO T .El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

JUAN B. BARRIOS. El Secretario del Senado, ARTURO SALAZAR GRILLO. El Secretario de la Cámara de Representantes, ANDRES CHAUSTRE B. 

  

Organo ejecutivo-Barranquilla, 31 de diciembre de 1944. 

  

Publíquese y ejecútese, 

  

ALFONSO LOPEZ. 

  

El ministro de hacienda y crédito publico, 

  

GONZALO RESTREPO. 

  

El ministro de trabajo, higiene y previsión social, 

  

DAN ARRIAGA ANDRADE. 

  

El ministro de obras públicas, 

  

ALVARO DIAZ S.