DIARIO OFICIAL. AÑO LXXV. N. 24253. 28, DICIEMBRE, 1939. PÁG.3.
LEY 93 DE 1939
(diciembre 27)
por la cual la nación coopera en la realización de varias obras de interés público
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1°. La Nación destinara la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000), repartidos en dos vigencias, para concluir la construcción de la Casa Consistorial y para adelantar las construcción del matadero público y pavimentación de la ciudad de Yolombó (Departamento de Antioquia), obras estas que se consideraran de utilidad pública.
ARTICULO 2°. La partida de que trata esta ley se entregara al Tesorero Municipal de Yolombo mediante los requisitos que exija la Contraloría General de la República, y caso de no incluirse en las próximas vigencias queda autorizado el Órgano Ejecutivo para abrir los créditos adicionales correspondientes.
Dada en Bogotá a diez y seis de diciembre de mil novecientos treinta y nueve.
El Presidente del Senado, JOSE V. COMBARIZA - El Presidente de la Cámara de Representantes, ARTURO REGUEROS PERALTA - El Secretario del Senado, Rafael Campo A.- El Secretario de la cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.
Órgano Ejecutivo-Bogotá, diciembre 27 de 1939.
Publíquese y ejecútese.
EDUARDO SANTOS.
El Ministro de Hacienda y Crédito público,
Carlos LLERAS RESTREPO.
El Ministro de Obras Públicas,
Abel CRUZ SANTOS