LEY921989198912 script var date = new Date(29/12/1989); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO CXXVI. N. 39124. 29, DICIEMBRE, 1989. PÁG. 7.CONGRESO DE LA REPÚBLICApor la cual se dispone una excepción a las incompatibilidades legales.VigentefalsefalseJusticia y del DerechofalseAcciones legalesfalseLEY ORDINARIAfalse29/12/198929/12/19893912477

DIARIO OFICIAL. AÑO CXXVI. N. 39124. 29, DICIEMBRE, 1989. PÁG. 7.

LEY 92 DE 1989

(diciembre 29)

por la cual se dispone una excepción a las incompatibilidades legales.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia, 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° Los artículos 2. de la Ley 11 de 1973, 52 del Decreto 1222 de 1986 y 89 del Decreto 1333 de 1986 se adicionarán con el siguiente literal: "f) Celebrar contratos de prestación de servicios docentes con las entidades oficiales de educación". 

  


Afecta la vigencia de: [Mostrar]



Artículo 2° La presente Ley rige a partir de la fecha de su promulgación. 

  

Dada en Bogotá, D. E., a los... días del mes de... de mil novecientos ochenta y nueve (1989). 

  

El Presidente del honorable Senado de la República, 

  

LUIS GUILLERMO GIRALDO HURTADO 

  

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, 

  

NORBERTO MORALES BALLESTEROS 

  

El Secretario General del honorable Senado de la República, 

  

Crispín Villazón de Armas. 

  

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, 

  

Luis Lorduy Lorduy. 

  

-------- 

  

República de Colombia - Gobierno Nacional. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

Bogotá, D.E., 29 de Diciembre de 1989 

  

VIRGILIO BARCO 

  

El Ministro de Gobierno, 

  

Carlos Lemos Simmonds. 

  

El Ministro de Salud, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Educación Nacional, 

  

Eduardo Díaz Uribe.