DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24824. 28, NOVIEMBRE, 1941. PÁG. 2.
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LEY 90 DE 1941
(noviembre 24)
Que honra la memoria de don Rudesindo Soto
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1° La República deplora el fallecimiento del generoso filántropo don Rudesindo Soto, rinde homenaje de admirativo reconocimiento a sus nobles acciones y recomienda su meritoria vida a la veneración y el aplauso de los colombianos como ejemplo de virtud social encomiástica.
ARTICULO 2° El Congreso, en nombre de la Nación colombiana, declara que el permanente interés por aliviar la suerte de las clases desvalidas, que distinguió a don Rudesindo Soto, y que las fundaciones benéficas por el realizadas o auxiliadas, lo hacen acreedor a que se honre su memoria y se exalte como la de un excelente ciudadano a quien la Patria señala como servidor en grado eminente.
ARTICULO 3° Un busto de bronce de don Rudesindo Soto, costeado por el Gobierno Nacional, será colocado en el lugar de la ciudad de Cúcuta que indiquen como el más adecuado, de común acuerdo, el Consejo Municipal y la Sociedad de Mejoras Públicas de aquella ciudad.
ARTICULO 4° El nombre de Rudesindo Soto le será impuesto por la Gobernación del Norte de Santander, en acto público solemne, a alguno de los establecimientos benéficos que se construyeron por iniciativa o a expensas del notable filántropo.
ARTICULO 5° Condónanse a la sucesión del señor Rudesindo Soto, y a su heredera universal Amelia Meoz v. de Soto las deudas con la Nación por concepto de los impuestos nacionales pendientes para la fecha de la defunción del señor Soto.
Parágrafo. Par los efectos de esta condonación no rigen las disposiciones de la Ley 94 de 1928.
ARTICULO 6° Un ejemplar de la presente ley, extendido en pergamino y con las firmas autógrafos, será entregado por la misma Gobernación a la señora Amelia Meoz viuda de Soto, quien con tanto desinterés y tan abnegada solicitud supo cooperar en la obra benemérita de su difunto esposo.
Dada en Bogotá a diez y nueve de noviembre de mil novecientos cuarenta y uno.
El Presidente del Senado, CARLOS TIRADO MACIAS-El Presidente de la Cámara de Representantes, SANTIAGO LONDOÑO-El Secretario del Senado, F. Fandiño Silva-El Secretario de la Cámara de Representantes, Andrés Chaustre.
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Organo Ejecutivo-Bogotá, 24 de noviembre de 1941.
Publíquese y ejecútese,
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,
José Joaquín CAICEDO CASTILLA