LEY851935193512 script var date = new Date(24/12/1935); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXII. N. 23076. 4, ENERO, 1936. PÁG. 3.PODER LEGISLATIVOpor la cual se legalizan algunos gastos de vigencias anterioresVigencia en EstudiofalsefalseHacienda y Crédito PúblicofalsePresupuesto publicofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse04/01/193604/01/193623076273

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXII. N. 23076. 4, ENERO, 1936. PÁG. 3.

LEY 85 DE 1935

(diciembre 24)

por la cual se legalizan algunos gastos de vigencias anteriores

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


ARTICULO 1° Legalízanse los siguientes gastos hechos en vigencias anteriores por empleados dependientes del Ministerio de Correos y Telégrafos, así: 

  

VIGENCIA DE 1926 

Circunscripción de Telégrafos de Tunja.

Responsable, Luis Enrique Puerto. 

Capítulo 61, articulo 673 ter. Sueldos, etc.$4.752.98
Capítulo 61, articulo 672, Sueldos, conservación líneas, etc.456.50

VIGENCIA DE 1931 

Administrador Principal de Hacienda Nacional de Tunja.

Responsable, Pablo E. Cárdenas. 

Capítulo 58, articulo 452. Sueldos de las Oficinas Postales y Telegráficas, etc.72

VIGENCIA DE 1932 

Administrador Principal de Hacienda Nacional de Bogotá.

Responsable, Apolinar Isaza. 

Capítulo 56, articulo 468. Remonta, construcción, etc.10
Recaudador de Hacienda Nacional de Sogamoso (Boyacá).

Responsable, Enrique Muñoz Torres

Capítulo 55, articulo 460. Sueldos de las Oficinas Postales y Telegráficas, etc.303
Capítulo 56, articulo 462. Alumbrado y otros gastos de las Oficinas Postales y Telegráficas, etc.4
Recaudador de Hacienda Nacional de Valledupar (Magdalena).

Responsable, Buenaventura de Armas 

Capítulo 55, artículo 460. Sueldos, etc.28
Capítulo 56, artículo 461. Arrendamientos, etc.4
Capítulo 56, artículo 462. Alumbrado y otros gastos13
Recaudador de Hacienda Nacional de San Andrés (Santander).
Capitulo 55, articulo 460. Sueldos, etc.125
Recaudador de Hacienda Nacional de Chiquinquirá (Boyacá).

Responsable, Jorge E. Prieto. 

Capitulo 55, articulo 460. Sueldos, etc.22
Administrador Principal de Hacienda Nacional de Popayán.

Responsable, Eduardo Uribe Mejía. 

Capitulo 56. articulo 461. Arrendamientos, etc.60
Capítulo 56. articulo 462. Alumbrado, etc.2
Capítulo 56, articulo 468. Remonta, construcción, etc.1.952
Administrador Principal de Hacienda Nacional de Manizales.

Responsable, Eduardo Uribe Mejía. 

Capitulo 55, articulo 460. Sueldos, etc.187.18
Capítulo 56, articulo 462. Alumbrado y otro gastos17.50
Capítulo 56, articulo 463. Conducción de correos520.17
Capítulo 56, articulo 469. Reparación de estaciones inalámbricas7.70
Capítulo 56, articulo 478. Viáticos de empleados30
Administrador de Hacienda Nacional de Cúcuta.

Responsable, Francisco A. Yáñez. 

Capítulo 56, articulo 468. Remonta, construcción, etc.247.10
Administrador de Hacienda Nacional de Barranquilla.

Responsable, Federico Fálquez. 

Capitulo 56, articulo 462. Alumbrado, etc.53.50
Recaudador de Hacienda Nacional de Soata (Boyacá).

Responsable, Arcesio Orjuela

Capitulo 56, articulo 461. Arrendamientos, etc.11
Capítulo 56, articulo 462. Alumbrado y otros gastos5

VIGENCIA DE 1933 

Administrador de Hacienda Nacional de Tunja.

Responsable, Pablo E. Cárdenas

Capitulo 56, articulo 253. Sueldos, etc.798
Administrador de Hacienda Nacional de Popayán.

Responsable, Pedro Antonio Caicedo. 

Capitulo 56, articulo 253. Sueldos, etc.40
Administrador de Hacienda Nacional de Cúcuta.

Responsable, Francisco A. Yáñez. 

Capítulo 56, articulo 254. Viáticos de empleados, etc.52
Administrador de Hacienda Nacional de Cartagena.

Responsable, Eloy G. Pareja Vélez. 

Capitulo 57, articulo 257. Alumbrado, etc.15.30
Capítulo 57, articulo 262. Gastos de estaciones inalámbricas36
Consulado General de Colombia en Manaos (Brasil).

Responsable, Luis Humberto Salamanca. 

Capitulo 56, articulo 153. Sueldos, etc.600

VIGENCIA DE 1934 

Administrador de Hacienda Nacional de Popayán.

Responsable, Pedro Antonio Caicedo. 

Capítulo 51, articulo 231. Remonta, construcción, etc.168
Total de legalizaciones$10.592.93

RESUMEN 

Vigencia de 1926$5.209.48
Vigencia de 193172
Vigencia de 19323.602.15
Vigencia de 19331.541.30
Vigencia de 1934168
Total$10.592.93

Son diez mil quinientos noventa y dos pesos, noventa y tres centavos. 

  

Dada en Bogotá, a diez y ocho de diciembre de mil novecientos treinta y cinco. 

  

El Presidente del Senado, PARMENIO CARDENAS. El Presidente de la Cámara de Representantes, CARLOS LLERAS RESTREPO-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo. 

  

Poder Ejecutivo-Bogotá, diciembre 24 de 1935. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

ALFONSO LOPEZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público. 

  

Jorge SOTO DEL CORRAL