LEY791944194412 script var date = new Date(31/12/1944); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXX. N. 25745. 19, ENERO, 1945. PÁG. 9.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se ordena los estudios y construcción de unas obras de irrigación en el Departamento del AtlánticoVigencia en EstudiofalsefalseVivienda, Ciudad y TerritoriofalseDesarrollo territorial|Gasto publicofalseLEY ORDINARIAfalse19/01/194519/01/1945257452019

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXX. N. 25745. 19, ENERO, 1945. PÁG. 9.

LEY 79 DE 1944

(diciembre 31)

Por la cual se ordena los estudios y construcción de unas obras de irrigación en el Departamento del Atlántico

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

Decreta: 

  


ARTICULO 1°. El Gobierno nacional procederá a ordenar los estudios, planos, especificaciones y construcción de las obras que sean necesarias para la irrigación de las tierras no inundables del Valle del Magdalena, en el Departamento del Atlántico, desde Barranquilla hasta Puerto Giraldo. 

  


ARTICULO 2°. Declarase de carácter urgente y de reconocida utilidad pública las obras a que se contrae el artículo anterior. Como consecuencia, en el presupuesto de la vigencia próxima se apropiara una partida no menor de ciento cincuenta mil pesos ($150.000.00) para iniciar los trabajos correspondientes. Agotada la suma anterior, el gobierno queda plenamente autorizado para abrir los créditos adicionales o hacer los traslados del caso, o incluir las sumas respectivas en los presupuestos venideros, hasta la conclusión definitiva de la referida obra de irrigación. 

  


ARTICULO 3°. El gobierno queda autorizado para realizar los trabajos anteriores directamente o por medio de contratos, los cuales solamente necesitaran la aprobación del Órgano Ejecutivo, previo concepto favorable del Consejo de Ministros. 

  


ARTICULO 4°. Esta Ley regirá desde su promulgación. 

  

Dada en Bogotá a diez y seis de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro. 

  

El Presidente de Senado, GILBERTO MORENO T., El Presidente de la Cámara de Representantes, JUAN B. BARRIOS - El Secretario del Senado, Arturo Salazar Grillo - El Secretario de la Cámara de Representantes, Andrés Chaustre B. 

  

Órgano ejecutivo - Barranquilla, 31 de diciembre de 1944. 

  

Publíquese y ejecútese 

  

ALFONSO LÓPEZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público Gonzalo RESTREPO, El Ministro de Economía Nacional, Carlos S. DE SANTAMARÍA.