DIARIO OFICIAL. AÑO MDCCCLXXXI. N. 5064. 05, JULIO, 1881. PÁG. 1.
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LEY 74 DE 1881
(junio 30)
Que trasmite una pensión
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
decreta :
Artículo único. Asígnase una pension de cien pesos mensuales á la viuda del ilustre General Joaquin Posada Gutiérrez, señora Angela S. de Posada, y á sus hijas las señoritas Clementina, Nicolasa, Catalina y Teresa Posada.
Dada en Bogotá, á veintiocho de Junio de mil ochocientos ochenta y uno.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
Manuel Laza Grau.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
Julio A . Corredor.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,
Benjamin Pereira G.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Cárlos Cótes.
Poder Ejecutivo nacional Bogotá, 30 de Junio de 1881.
Publíquese y ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L. S). RAFAEL NÚNEZ.
El Secretario del Tesoro,
Simon de Herrera.