LEY731892189211 script var date = new Date(08/11/1892); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XXVIII. N. 9004. 5, DICIEMBRE, 1892. PÀG. 1.CONGRESO DE COLOMBIApor la cual se mandan establecer almacenes de sal en Málaga y la Uvita o SoatáVigentefalsefalseSalud y Protección SocialfalseAlimentos - Asuntos sanitarios - Producción - Nutrición|Desarrollo territorial|Gasto publicofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objeto.false05/12/189205/12/1892900415771

DIARIO OFICIAL. AÑO XXVIII. N. 9004. 5, DICIEMBRE, 1892. PÀG. 1.

LEY 73 DE 1892

(noviembre 08)

por la cual se mandan establecer almacenes de sal en Málaga y la Uvita o Soatá

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Art 1.° Establecerse un almacén de sal compacta en el municipio de Málaga y otro en el de Uvita o Soata , a juicio del Gobierno. 

  


Art 2.° El Gobierno podrá suprimir estos almacenes si hallare que el establecimiento de ellos es gravoso al Tesoro Público. 

  


Art 3.° Cada uno de estos almacenes será servido por los siguientes empleados: 

  

Un Almacenista con mil ochocientos pesos $ 1,800 anuales. 

  

Un Oficial escribiente con setecientos veinte pesos $ 720anuales. 

  


Art 4.° Señalase la suma hasta de $ 300 anuales para arrendamiento de local, gastos de escritorio y mobiliario de cada uno de estos almacenes. 

  


Art 5.° Autorizase ampliamente al Gobierno para reglamentar el cumplimiento de la presente ley. 

  


Art 6.° Los gastos que demande el cumplimiento de esta ley, se consideraran incluidos en el Pasivo del Presupuesto de la próxima vigencia. 

  

Dada en Bogotá, a siete de noviembre de mil ochocientos noventa y dos. 

  

El Presidente del Senado, J. M.CAMPO SERRANO.-El Presidente de La Cámara de Representantes, PEDRO VÉLEZ R-El Secretario Del Senado, Enrique De Narváez-El Secretario de La Cámara de Representantes, Miguel a. Peñaredonda

  

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, noviembre 8 de 1892. 

  

Publíquese y Ejecútese. 

  

(L. S.) M. A. CARO. El Ministro de Hacienda, PEDRO BRAVO.