DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24812. 14, NOVIEMBRE, 1941. PÁG. 3.
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RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar] |
LEY 73 DE 1941
(noviembre 08)
Por la cual se decretan unos auxilios
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1° Auxíliase con la suma de veinticinco mil pesos ($ 25.000) la construcción del matadero público en la población de Moniquirá, y con la cinco mil pesos ($ 5.000) para el de cada uno de los Municipios de Santana, San José de Pare, Chitaraque y Togüi, del Departamento de Boyacá.
ARTICULO 2° Estas sumas se incluirán en el presupuesto de la próxima vigencia y si así no se hiciere, queda facultado el Organo Ejecutivo para abrir los créditos o hacer los traslados que fueren necesarios para el cumplimiento de la presente Ley.
ARTICULO 3° Auxíliase al Municipio de San Gil con la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000), destinados a la construcción de su plaza de ferias y matadero público.
TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]
Dada en Bogotá a veintisiete de octubre de mil novecientos cuarenta y uno.
El Presidente del Senado, DEMETRIO MARTINESZ PORRAS-El Presidente de la Cámara de Representantes, ENRIQUE OTERO D'ACOSTA-El Secretario del Senado, José Umaña Bernal-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.
Organo Ejecutivo-Bogotá, 8 de noviembre de 1941.
Publíquese y ejecútese,
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Obras Públicas,
José GOMEZ PINZON