LEY721930193012 script var date = new Date(13/12/1930); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXVI. N. 21572. 20, DICIEMBRE, 1930. PÁG. 1.CONGRESO DE LA REPÚBLICAEN DESARROLLO DEL ARTÍCULO 168 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONALDEROGADOfalsefalseDefensa NacionalfalseFuerza publicafalseLEY ORDINARIANorma no vigente por cambio de régimen constitucional.false20/12/193003/03/202113/12/1930215726971

DIARIO OFICIAL. AÑO LXVI. N. 21572. 20, DICIEMBRE, 1930. PÁG. 1.

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

RESUMEN DE JURISPRUDENCIA [Mostrar]

LEY 72 DE 1930

(diciembre 13)

EN DESARROLLO DEL ARTÍCULO 168 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA 

  


Artículo 1. Derogado. 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo 2. Derogado. 

  


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]


Dada en Bogotá a trece de diciembre de mil novecientos treinta. 

  

El Presidente del Senado. 

  

MIGUEL JIMÉNEZ LOPEZ 

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

JOSÉ CAMACHO CARREÑO 

  

El Secretario del Senado, 

  

Antonio Orduz Espinosa 

  

El Secretario de la Cámara de Representantes, 

  

Fernando Restrepo Briceño. 

  

Poder Ejecutivo- Bogotá Diciembre 13 de 1930. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

ENRIQUE OLAYA HERRERA 

  

El Ministro de Guerra, 

  

Agustín MORALES OLAYA.