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LEY711935193512 script var date = new Date(17/12/1935); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXII. N. 23075. 3, ENERO, 1936. PÁG. 1.PODER LEGISLATIVOpor la cual se provee a la defensa de los puertos fluviales de Montería y LoricaVigencia en EstudiofalsefalseTransportefalseTransportefalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objetofalse03/01/193603/01/19362307591

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXII. N. 23075. 3, ENERO, 1936. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 71 DE 1935

(diciembre 17)

por la cual se provee a la defensa de los puertos fluviales de Montería y Lorica

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo 1° El Gobierno procederá inmediatamente a la defensa de los puertos de Montería y Lorica, sobre el rio Sinú. 

  


Artículo 2° Para los efectos del artículo anterior, se construirán en la ciudad de Montería, en los lugares que sea necesario, las obras que aconseje la técnica, según los estudios que previamente llevará a cabo el Ministerio de Obras Públicas para este fin y para la defensa de la ciudad de Lorica. 

  


Artículo 3° Autorízase al Gobierno para gastar las partidas que estime necesarias para el desarrollo de esta Ley. 

  


Artículo 4° Serán incluídas en el Presupuesto de gastos de la próxima vigencia las partidas que fuere necesario destinar al cumplimiento de esta Ley. 

  

Dada en Bogotá, a siete de Diciembre de mil novecientos treinta y cinco. 

  

El Presidente del Senado, PARMENIO CARDENAS-El Presidente de la Cámara de Representantes, CARLOS LLERAS RESTREPO-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo. 

  

Poder Ejecutivo-Bogotá, diciembre 17 de 1935. 

  

Publíquese y ejecútese, 

  

ALFONSO LOPEZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 

  

Jorge SOTO DEL CORRAL 

  

El Ministro de Obras Públicas, 

  

César GARCIA ALVAREZ