LEY711919191911 script var date = new Date(19/11/1919); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LV. N. 16961. 22, NOVIEMBRE, 1919. PÁG. 1.CONGRESO DE LA REPÚBLICAQue reforma la Ley 30 de 1915 y concede una facultad al GobiernoDEROGADOfalsefalsefalseTributario territorialfalseLEY ORDINARIAfalse22/11/191903/03/202122/11/1919169612451

DIARIO OFICIAL. AÑO LV. N. 16961. 22, NOVIEMBRE, 1919. PÁG. 1.

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

LEY 71 DE 1919

(noviembre 19)

Que reforma la Ley 30 de 1915 y concede una facultad al Gobierno

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


Artículo 1° Derogado 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



Artículo 2° Derogado 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]


Dada en Bogotá a diez y ocho de noviembre de mil novecientos diez y nueve. 

  

El Presidente del Senado, Alejandro garcia. El Presidente de la Cámara de Representantes, Félix salazar j. - El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero- El Secretario de la Cámara De Representantes, Fernando Restrepo Briceño. 

  

Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 19 de 1919. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

marco fidel suarez. -El Ministro de Hacienda, Pomponio guzman.