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LEY661880188007 script var date = new Date(13/07/1880); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO XVI. N. 4767. 17, JULIO, 1880. PÁG. 1.CONGRESO NACIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIAPor la cual se inhibe de cierta responsabilidad a un empleado públicoVigencia en EstudiofalsefalsePresidencia de la RepúblicafalseDerecho disciplinariofalseLEY ORDINARIANorma no vigente porque agotó su objeto.17/07/188017/07/1880476781151

DIARIO OFICIAL. AÑO XVI. N. 4767. 17, JULIO, 1880. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

LEY 66 DE 1880

(julio 13)

Por la cual se inhibe de cierta responsabilidad a un empleado público

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de los Estados Unidos de Colombia 

  

DECRETA: 

  


Artículo único. Inhíbese al señor Didacio R. Delgado de la responsabilidad en que haya podido incurrir, por el hecho de haberse separado sin licencia en el año anterior, del destino de Contador de la Oficina jeneral de Cuentas, i por el de haber tomado parte, en el mismo año, en los trastornos del órden público del Estado soberano del Tolima, siendo dicho señor Delgado empleado nacional. 

  

En consecuencia se suspenderá o sobreseerá en el procedimiento judicial que se haya instruido contra dicho señor por los hechos mencionados. 

  

Dada en Bogotá, a doce de julio de mil ochocientos ochenta. 

  

El Presidente del Senado de Plenipotenciarios, 

  

M. m. Castro. 

  

El Presidente de la Cámara de Representantes, 

  

Ricardo Nuñez 

  

El secretario del Senado de Plenipotenciarios, 

  

Julio E. Pérez 

  

El Secretario de la cámara de Representantes, 

  

Antonio José. Restrepo. 

  

Poder Ejecutivo nacional.-Bogotá, 13 de julio de 1880 

  

Publíquese i ejecútese. 

  

El Presidente de la Union, 

  

(L. S). RAFAEL NUÑEZ

  

El Secretario de Instruccion Pública, encargado del Despacho del Gobierno, 

  

M. Amador Fierro