LEY631937193709 script var date = new Date(07/09/1937); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXIII. N. 23603. 13, OCTUBRE, 1937. PÁG. 2.PODER LEGISLATIVOpor la cual se ordena montar una planta eléctricaDEROGADOfalsefalseVivienda, Ciudad y TerritoriofalseDesarrollo territorial|Entes territorialesfalseLEY ORDINARIAfalse13/10/193703/03/202107/09/193723603662

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXIII. N. 23603. 13, OCTUBRE, 1937. PÁG. 2.

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

LEY 63 DE 1937

(septiembre 07)

por la cual se ordena montar una planta eléctrica

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


ARTICULO 1. Derogado. 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



ARTICULO 2. Derogado. 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



ARTICULO 3. Derogado. 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]



ARTICULO 4. Derogado. 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]


Dada en Bogotá a veinte de agosto de mil novecientos treinta y siete. 

  

El Presidente del Senado, ODILIO VARGAS-El Presidente de la Cámara de Representantes, MARIO IRAGORRI DIEZ. El Secretario del Senado, Rafael Campo A-El Secretario de la Cámara de Representantes, Alberto Guzmán. 

  

Organo Ejecutivo-Bogotá, septiembre 7 de 1937. 

  

Publíquese y ejecútese, 

  

ALFONSO LOPEZ 

  

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Gonzalo Restrepo-El Ministro de Obras Públicas, Cesar García Álvarez.