DIARIO OFICIAL. AÑO LXVI. N. 21558. 03, DICIEMBRE, 1930. PÁG. 04.
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LEY 58 DE 1930
(noviembre 29)
POR LA CUAL SE DA UNA AUTORIZACIÓN AL GOBIERNO, A FIN DE QUE FOMENTE UNA INDUSTRIA ÚTIL Y BENÉFICA
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
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Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º Autorízase al Gobierno para que celebre con el inventor colombiano señor David Chaparro B. un contrato mediante el cual se le conceda a dicho inventor un auxilio de quince mil pesos ($15,000) moneda legal, a fin de que pueda patentar su maquinaria, destinada a la irrigación y otros fines industriales, ante el Gobierno de Suiza y demás que suscribieron la Convención de Ginebra, siempre que el favorecido contraiga las obligaciones que el Gobierno estime necesarias para compensar el beneficio otorgado por la presente Ley.
Dada en Bogotá a diez de noviembre de mil novecientos treinta.
El Presidente del Senado,
MIGUEL JIMENEZ LOPEZ.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
JOSE CAMACHO CARREÑO.
El Secretario del Senado,
Antonio Orduz Espinosa.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 29 de 1930.
Publíquese y ejecútese.
ENRIQUE OLAYA HERRERA.
El Ministro de Industrias,
Francisco José CHAUX.