DIARIO OFICIAL. AÑO XX. N. 6222, 7, OCTUBRE, 1884 PÀG. 1.
LEY 57 DE 1884
(octubre 03)
Por la cual se aumenta una pensión (la de la señora Dolores Quiñones y sus hijas Elena, Eloísa y Marta Ardila)
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
CONSIDERANDO:
Que Dolores Quiñones ha comprobado que su marido, el Sargento primero Sixto Ardila, murió en la batalla de "Garrapata," en defensa del orden constitucional;
Que la pensión de ocho pesos ($8) señalada á dicha viuda y sus tres hijas legítimas que quedaron en la orfandad, es en realidad muy exigua para que se pueda atender con ella á las imperiosas necesidades materiales de la viuda y las tres huerfanitas,
DECRETA:
Artículo único. Auméntase á veinte pesos ($20) mensuales la pensión de Dolores Quiñones, viuda del Sargento 1.o Sixto Ardila, y de sus tres hijas huérfanas, Elena, Eloísa y Marta Ardila y Quiñones, de la cual disfrutarán mientras permanezcan solteras, y se les pagará como á viuda y huérfanas de militar muerto en el campo de batalla.
Dada en Bogotá, a treinta de Septiembre de mil ochocientos ochenta y cuatro.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
Ricardo Núñez.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
Julio A. Corredor.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,
Cristóbal Amador.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Carlos Cotes.
Poder Ejecutivo nacional- Bogotá, Octubre 3de 1884.
Publíquese y ejecútese.
El Presidente de la Unión,
(L.S.) RAFAEL NUÑEZ.
El Secretario del Tesoro,
Vicente Restrepo.