LEY551941194110 script var date = new Date(15/10/1941); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24791. 18, OCTUBRE, 1941. PÁG. 2.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se ordena la construcción de un hotel de turismo en la población de SoatáVigencia en EstudiofalsefalseVivienda, Ciudad y TerritoriofalseDesarrollo territorial|TurismofalseLEY ORDINARIAfalse18/10/194115/10/1941247912582

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24791. 18, OCTUBRE, 1941. PÁG. 2.

LEY 55 DE 1941

(octubre 15)

Por la cual se ordena la construcción de un hotel de turismo en la población de Soatá

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar]

Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


ARTICULO 1° El Gobierno procederá a construir un hotel de turismo en la población de Soatá, del Departamento de Boyacá, por medio de administración directa del respectivo Ministerio, o por delegación de este al Departamento de Boyacá. 

  


ARTICULO 2° Destínase la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) para dar cumplimiento a esta Ley, la cual debe incluirse en el presupuesto de la próxima vigencia, y de no ser posible, queda autorizado el Gobierno para abrir los créditos o hacer los traslados correspondientes. 

  


ARTICULO 3° Esta Ley regirá desde su sanción. 

  

Dada en Bogotá a dos de octubre de mil novecientos cuarenta y uno. 

  

El Presidente del Senado, ARCESIO LONDOÑO PALACIO-El Presidente de la Cámara de Representantes, ENRIQUE OTERO D'COSTA-El Secretario del Senado, José Umaña Bernal-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez. 

  

Organo Ejecutivo-Bogotá, 15 de octubre de 1941. 

  

Publíquese y ejecútese, 

  

EDUARDO SANTOS 

  

El Ministro de la Economía Nacional, 

  

Gonzalo RESTREPO

  

El Ministro de Obras Públicas, 

  

José GOMEZ PINZON