DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVII. N. 24791. 18, OCTUBRE, 1941. PÁG. 2.
LEY 55 DE 1941
(octubre 15)
Por la cual se ordena la construcción de un hotel de turismo en la población de Soatá
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1° El Gobierno procederá a construir un hotel de turismo en la población de Soatá, del Departamento de Boyacá, por medio de administración directa del respectivo Ministerio, o por delegación de este al Departamento de Boyacá.
ARTICULO 2° Destínase la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) para dar cumplimiento a esta Ley, la cual debe incluirse en el presupuesto de la próxima vigencia, y de no ser posible, queda autorizado el Gobierno para abrir los créditos o hacer los traslados correspondientes.
Dada en Bogotá a dos de octubre de mil novecientos cuarenta y uno.
El Presidente del Senado, ARCESIO LONDOÑO PALACIO-El Presidente de la Cámara de Representantes, ENRIQUE OTERO D'COSTA-El Secretario del Senado, José Umaña Bernal-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.
Organo Ejecutivo-Bogotá, 15 de octubre de 1941.
Publíquese y ejecútese,
EDUARDO SANTOS
El Ministro de la Economía Nacional,
Gonzalo RESTREPO.
El Ministro de Obras Públicas,
José GOMEZ PINZON.