DIARIO OFICIAL. AÑO LXII. N. 20349. 17, NOVIEMBRE, 1926. PÁG. 1.
LEY 55 DE 1926
(noviembre 15)
por la cual se decretan varios auxilios y se abre un crédito adicional
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
Artículo 1° Decrétase un auxilio de veinte mil pesos ($20,000) por una sola vez para repartirlos entre los damnificados con la catástrofe del desbordamiento del río Otún en el Municipio de Pereira, el día dos del presente mes.
Artículo 2° Decrétase igualmente un auxilio de cien mil pesos ($100,000) para repartirlos entre los damnificados con la terrible inundación de que acaba de ser víctima la ciudad de Pamplona.
La mitad de esta suma será destinada a la reconstrucción del Hospital y del Colegio de la Presentación, y la otra mitad será repartida entre los demás damnificados.
El auxilio de que trata este artículo será entregado al honorable Concejo Municipal de Pamplona.
Parágrafo. Destínase la suma de cinco mil pesos ($5,000) para los damnificados del incendio de la población de Dagua. Esta suma se distribuirá, por orden de necesidad, por la Junta Popular del incendio asesorada por el Presidente del Concejo a quien se entregará aquella.
Artículo 4° Abrese a la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso, un crédito adicional por la suma de ciento veinticinco mil pesos ($125,000) para dar cumplimiento a la presente Ley.
Dada en Bogotá a diez de noviembre de mil novecientos veintiséis.
El Presidente del Senado, Marcelino URIBE ARANGO-El Presidente de la Cámara de Representantes, Alejandro CABAL POMBO-El Secretario del Senado, Horacio Valencia Arango-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 15 de 1926.
Publíquese y ejecútese.
MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, J. A. GOMEZ RECUERO.