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LEY501915191511 script var date = new Date(12/11/1915); document.write(date.getDate()); script falsefalseDIARIO OFICIAL. AÑO LVII. N. 18026. 15, NOVIEMBRE, 1915. PÁG. 1.CONGRESO DE LA REPÚBLICAPor la cual se adiciona la 4a de 1914DEROGADOfalsefalseTransportefalseTransportefalseLEY ORDINARIAfalse15/11/191503/03/202115/11/19151564415302

DIARIO OFICIAL. AÑO LVII. N. 18026. 15, NOVIEMBRE, 1915. PÁG. 1.

ÍNDICE [Mostrar]

RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar]

LEY 50 DE 1915

(noviembre 12)

Por la cual se adiciona la 4a de 1914

Estado del documento: Derogado.[Mostrar]


Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.


Subtipo: LEY ORDINARIA

El Congreso de Colombia 

  

decreta: 

  


Artículo único. Derogado 


TEXTO CORRESPONDIENTE A [Mostrar]

LEGISLACIÓN ANTERIOR [Mostrar]


Dada en Bogotá a ocho de noviembre de mil novecientos quince. 

  

El Presidente del Senado, MarcelinoARANGO-El Presidente de la Cámara de Representantes, A. DULCEY - El Secretario del Senado, Carlos Tamayo. El Secretario de la. Cámara de Representantes Fernando Restrepo Briceño. 

  

Poder Ejecutivo Bogotá, noviembre 12 de 1915. 

  

Publíquese y ejecútese. 

  

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Obras Públicas, Jorge VELEZ.