DIARIO OFICIAL. AÑO. LX. N. 19766. 1, DICIEMBRE, 1924. PÁG. 2
LEY 46 DE 1924
(noviembre 27)
por la cual se ordena la publicación de los manuscritos y demás materiales del Diccionario de construcción y Régimen de don Rufino José de Cuervo
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
Artículo 1º. Tan pronto como sea sancionada esta Ley, el Gobierno procederá a la inmediata publicación de los manuscritos que integran los materiales del Diccionario de Construcción y Régimen, legados por don Rufino José de Cuervo a la Biblioteca Nacional, y que esta entidad custodia.
Artículo 2º. La edición oficial de los referidos manuscritos se hará en la Imprenta Nacional, bajo la dirección de una Comisión de la Academia Colombiana de la Lengua.
Artículo 3º. En caso de que en la Imprenta Nacional no fuere posible realizar el trabajo de que trata la presente Ley, autorízase al Gobierno para contratarlo con alguna casa editora particular, nacional o extranjera, en las mejores condiciones posibles.
Artículo 4º. Un ejemplar del Diccionario se enviara, a medida que se vaya publicando cada tomo, a las principales bibliotecas públicas del país que, a juicio del Ministerio Instrucción y Salubridad Publicas, estén bien organizadas.
Parágrafo. Queda el Gobierno autorizado para disponer de diez mil pesos ($10.000), anuales que se liquidaran en las Leyes de Apropiaciones respectivas para los gastos de revisión y publicación que requiera el cumplimiento de esta Ley.
Dada en Bogotá a veinticuatro de noviembre de mil novecientos veinticuatro.
El Presidente del Senado, Antonio SAMPER URIBE. El Presidente de la Cámara de Representantes, Luis SALAS B. El Secretario del Senado, Horacio Valencia Arango. El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo - Bogotá, noviembre 27 de 1924.
Publíquese y ejecútese.
PEDRO NEL OSPINA.
EL MINISTRO DE INSTRUCCION Y SALUBRIDAD PÚBLICAS,
Juan N. CORPAS.