DIARIO OFICIAL. AÑO LXII. N. 20345. 12, NOVIEMBRE, 1926. PÁG. 1.
RESUMEN DE MODIFICACIONES [Mostrar] |
LEY 45 DE 1926
(noviembre 10)
por la cual se fomenta el Instituto Colombiano para ciegos, en Bogotá, y la creación de establecimientos similares en los Departamentos
Estado del documento: Derogado.[Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
Dada en Bogotá a seis de noviembre de mil novecientos veintiséis.
El Presidente del Senado, Marcelino URIBE ARANGO-El Presidente de la Cámara de Representantes, Alejandro CABAL POMBO-El Secretario del Senado, Horacio Valencia Arango-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 10 de 1926.
Publíquese y ejecútese.
MIGUEL ABADIA MENDEZ-El Ministro de Instrucción y Salubridad Públicas, Silvino RODRIGUEZ.