DIARIO OFICIAL. AÑO LVII. N. 18008. 1, DICIEMBRE, 1921. PÁG. 1.
LEY 44 DE 1921
(noviembre 30)
por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1o de enero a 31 de diciembre de 1921
ESTADO DE VIGENCIA: Vigente. [Mostrar] |
Subtipo: LEY ORDINARIA
El Congreso de Colombia
decreta:
Artículo 1.° Abrese un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1.° de enero a 31 de diciembre de 1921, con las siguientes imputaciones:
AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 18008 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG. 1.
Dada en Bogotá a veintiséis de noviembre de mil novecientos veintiuno.
El Presidente del Senado, Miguel M. TORRALVO-El Presidente de la Cámara de Representantes, V. M. SALAZAR-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 30 de 1921.
Publíquese y ejecútese
JORGE HOLGUIN-El Secretario del Ministerio del Tesoro encargado del Despacho, Eugenio ANDRADE